Esta pregunta es muy recurrente entre nuestros clientes emprendedores y, aunque parezca muy sencilla de responder, queremos explicaros paso a paso el proceso para que no tengáis ningún problema. Una factura es el documento que recoge toda la información relativa a una compra venta de bienes o servicios, por lo que tenemos que ser estrictos desde el punto de vista formal y legal.
¿Qué datos deben aparecer en la factura?
Número de factura
Las facturas que elaboremos han de ser correlativas, y además pueden incluir delante de ese número una serie. Esta serie puede servirnos para organizar nuestras facturas dependiendo del servicio o producto que ofrezcamos, si tenemos diferentes establecimientos o si son rectificativas.
También se suele iniciar una serie nueva cada año.
Datos fiscales
Aquí se incluyen el nombre y apellidos o razón social tanto de la persona o empresa que expide la factura como de quien la paga. También ha de incluirse el número de identificación fiscal (NIF o CIF) de ambas partes y el domicilio fiscal.
Concepto
Aquí se describe el trabajo realizado o el producto comprado. Este es el lugar para señalar si hay rebajas o descuentos y el importe (base imponible) a pagar.
Impuestos aplicados y precio final
Los habituales son el IVA y el IRPF (en caso de autónomos profesionales). Hay que indicar el porcentaje y la cantidad a la que corresponde, y seguidamente añadir el precio final.
Por ejemplo, si aplicamos el 21% de IVA, habrá que calcularlo de la base imponible. De igual manera se hará con el IRPF.
¡Importante! Para calcular el precio final, el IVA se suma a la base imponible y el IRPF se resta.
- Base imponible: 150€
- IVA (21%): 31,50€
- IRPF (15%): 22,50€
- Precio total: 159€
A continuación añadimos algunas puntualizaciones que os pueden ser muy útiles. ¡De este modo evitamos confusiones y despistes!
– La factura debe emitirse con obligatoriedad cuando nuestro cliente es empresa o profesional o cuando un cliente que no lo es la exige para ejercer sus derechos tributarios.
– Existen diferentes maneras de hacer las facturas, de forma física o electrónica. Ambas tienen la misma validez, pero desde 2015 es obligatorio hacerlas electrónicas si somos proveedores de la Administración Pública o de grandes empresas.
– ¿Puedo rectificar una factura? La respuesta es sí. Si la cantidad es errónea, los datos fiscales no son los correctos o hay una devolución, podemos hacer una factura a ese mismo cliente indicando que es una rectificación de la que entregamos anteriomente. Solo habrá que indicar claramente que es una factura rectificativa, los motivos de ésta y el número y fecha de factura que estamos corrigiendo. Habitualmente se utiliza la serie R-, para este tipo de documentos.
– ¿Puedo diseñar mi factura como quiera? Siempre y cuando aparezcan los datos que mencionamos anteriormente, sí. Puede incluir los colores corporativos, el logotipo y demás elementos de diseño que queráis insertar.
¿Os quedan dudas? Recordad que siempre estamos disponibles para vosotros, llamadnos al 967 217 803 o contactad con nosotros a través del formulario.